¿Cómo saber cuantas cuotas tengo en el Seguro Social Panamá?

Si deseas saber cuántas cuotas tienes en el seguro social de panamá estas en el lugar adecuado, acá te mostraremos como hacerlo y además te daremos información que te será de gran ayuda, así que si te interesa continúa leyendo.1

¿Cómo saber cuantas cuotas tengo en el Seguro Social Panamá?

Toda aquella persona que trabaje dentro Panamá tiene derecho a percibir los beneficios de la Caja de Seguro Social (CSS), ya sean hombre  mujeres de edad avanzada, y de igual forma a los que se encarguen del cuidado de su familia, por supuesto mientras que paguen la cuota mensual.

Se usa en cinco diferentes tipos de ocasiones puede ser para, enfermedades comunes, por vejez, por muerte, por maternidad, o por invalidez, pero para que se te pueda otorgar este servicio se te es descontado por medio del patrono un porcentaje de su salario mensual.

Es decir anualmente son doce cuotas a pagar, y para que te jubiles debes pagar como mínimo 240 cuotas pagadas a la CSS, ahora bien para saber cuántas cuotas llevas pagadas en el seguro debes asistir a las oficinas de la CSS en el edificio Bolívar, la ventanilla 109.

Ahí te otorgarán, la tabla de porcentaje aproximado para poder calcular su pensión por cantidad de cuotas, Le saldrán todas las cuotas desde su primer trabajo, con fecha.

REQUISITOS

Como todo trámite se necesitan completar una serie de requisitos para poder ejecutarlo y conseguir el resultado, estos requisitos son:

  • En primer lugar el nombre de los empleadores.
  • Luego se debe colocar los Datos generales del asegurado.
  • Después se tiene que Anotar el número de seguro social o de cédula.

Consulta en línea                 2

Si tienes algún inconveniente puedes ingresar a la página oficial del ente gestor para que descargues la planilla de quejas y puedas llevarlas ya listas a las oficinas correspondientes                          

Caja de Seguro Social Panamá                       

                      La Caja de Seguro Social no es más que una institución de carácter público perteneciente a la República de Panamá que tiene como finalidad realizar la planificación, administración y mantener el control de todas las contingencias de la seguridad social de Panamá.

Este ente fue fundado en marzo del año 1941, por medio de la Ley N° 23 de la ley de panamá, y los reglamentos correspondientes, establecidos previamente en l ley de este país para hacer cumplir de forma correcta este tipo de servicios, y que funcione tanto para los contribuyentes como los empleadores y por supuesto el estado.

3¿Cuántos años hay que trabajar para jubilarse en Panamá?

Para que te jubiles debes pagar como mínimo 240 cuotas pagadas a la CSS, lo que corresponde a doce cuotas por año, entonces tendría que trabajar 20 años como mínimo para poder jubilarte en panamá.

Preguntas frecuentes

¿Qué debo hacer si mi ficha sale con el número errado?

Tienes que dirigirte a las oficinas de tu patrón con tu cedula, para que corrijan el error y puedan seguir corriendo tus pago de cuotas.

¿Dónde se solicitan los certificados de no cotizantes o no obligados?

En las oficinas de la Dirección Nacional de Ingresos de la Caja de Seguro Social.

¿Puedo retirar mi dinero a cualquier edad, si no estoy trabajando?

No, solamente si tiene la edad de referencia establecida por la ley.

¿Qué debo hacer si no me sale ficha porque mi patrono está moroso y necesito atención médica?

Debes consultar con tu parón y solicitar que se te arregle tu situación.

¿Qué se necesita para afiliarse por primera vez?

Trabajadores mayores de edad:

  • Tarjetas de solicitud de afiliación como asegurado, debidamente llenada y firmada por el empleado y el empleador.
  • Presentar la cédula de identidad personal vigente.
  • El carné, la primera vez, es gratuito.

Trabajadores menores de 18 años:

  • Tarjetas de solicitud de afiliación, debidamente llenada y firmada por el empleado y el empleador.
  • Certificado de nacimiento expedido por el Registro Civil.

Trabajadores Extranjeros:

  • Tarjetas de solicitud de afiliación, debidamente llenada y firmada por el empleado y el empleador.
  • Pasaporte vigente.
  • Trabajadores Independientes.
  • Original de la cédula de identidad personal.
  • Tarjeta de solicitud de afiliación como asegurado.
  • Copia de contrato de servicios profesionales.
  • Original y copia de la declaración de impuesto sobre la renta.5
  • No se emite carné.

TODO ASEGURADO DIRECTO QUE SE INSCRIBA POR PRIMERA VEZ DEBE LLENAR EL FORMULARIO DE HEREDEROS.

Afiliación de esposa:

  • Carné de seguro social del esposo.
  • Cédula de identidad personal del esposo.
  • Cédula de identidad personal de la esposa.
  • Fecha de comprobación de cuota o talonario de cheque del esposo.
  • Certificado de matrimonio expedido por el Registro Civil, con fecha de vigencia, no mayor de seis meses.
  • Declaración jurada expedida por el esposo, en el cual establezca que su esposa convive y depende económicamente de él.

Afiliación de compañera:

  • Carné del asegurado que solicita la afiliación.
  • Cédula de identidad personal del asegurado que solicita la afiliación.
  • Última ficha de comprobación de cuota o talonario de cheque.
  • Cédula de identidad personal de la compañera.
  • Tres (3) Declaraciones de extrajuicio, emitidas ya sea por una corregiduría, Notaría Municipal de Circuito o Juzgado de Familia del domicilio del cotizante, que comprueben la unión consensual, durante un término no menor de nueve (9) meses.

Afiliación de hijos(as):

Hijos menores de (1) año hasta 18 años de edad

  • Carné del asegurado que solicita la afiliación.
  • Cédula de identidad personal del asegurado que solicita la afiliación o pasaporte.
  • Última ficha de comprobación de cuotas o talonario de cheque.
  • Certificado de nacimiento de su hijo (a), expedido por el Registro Civil.

Hijos de 18 a 25 años de edad:

  • Carné de seguro social del asegurado que solicita la afiliación.
  • Cédula de identidad personal del asegurado que solicita la afiliación.
  • Última Ficha de comprobación de cuotas o talonario de cheque.
  • Certificado de nacimiento de su hijo (a), expedido por el Registro Civil.
  • Cédula de identidad del hijo(a).
  • Certificación del plantel donde estudia.
  • Original y copia del recibo de matrícula del último período, si es universitario.

Hijos Inválidos de 18 años o más:

Si se trata de un hijo inválido mayor de 18 años, cuya invalidez se haya iniciado antes de esa edad, se requerirá para su afiliación:

  • Cédula de identidad personal.
  • Certificación médica, expedida por la comisión médica calificadora de la Caja de Seguro Social.

¿Cuáles son los requisitos para afiliar madre o padre?

Afiliación de madre o padre:

  • El padre con 60 años de edad o que esté incapacitada (o) para laborar presentar resolución emitida por la CSS y dependa económicamente del asegurado.
  • La madre con 50 años de edad o que esté incapacitada para laborar (presentar Resolución emitida por la CSS) y dependa económicamente del asegurado.
  • Cédula de identidad personal del asegurado.
  • Carné de seguro social del asegurado.
  • Última ficha de comprobación de cuota o talonario de cheque.
  • Certificado de nacimiento del asegurado.
  • Original de la cédula de identidad personal del padre o de la madre.
  • Declaración jurada expedida por el hijo (a) cotizante, en la cual establezca que su padre o madre depende económicamente de él y describa en qué consiste esa dependencia.

Todos los documentos deben ser en original.

¿Qué debe hacer el empleador doméstico para inscribir y afiliar a su trabajador doméstico?

Presentarse a las agencias administrativas de pago de la CSS, solicitar los requisitos para la inscripción de domésticos, llenar y limpiar correctamente los formularios, sin tachones, borrones, no líquido corrector y adjuntar:

  • Dos (2) copias de cédula o pasaporte del empleador.
  • Dos (2) copias de cédula o pasaporte del trabajador.
  • Un (1) croquis de la ubicación de la residencia del empleador.

¿Cuál es el salario para el pago de cuotas de un trabajador doméstico?

El empleador tiene que declarar el salario real que le paga el trabajador. Si el salario es menor de B/.100.00 pagará sobre la base de seguro social a B/.100.00. Si el salario es mayor de B/.100.00 y menor de B/.185.00, pagará con base a B/.185.00.

¿Por qué los salarios inferiores a B/.100.00 y B/.185.00, se ajustan?4

Con base a lo que establece la Ley 51 Orgánica de la Caja de Seguro Social, del 27 de diciembre de 2005.

¿Cuál es el porcentaje a pagar sobre el salario para los empleadores y empleados domésticos?

Seguro Social: Empleador (11.75%) | Empleado (9.00%)

Seguro Educativo: Empleador (1.50%) | Empleado (1.25%)

¿Qué beneficios tiene el asegurado doméstico una vez inscrito?

Lo que establece el Reglamento General de Ingresos Capítulo III, de los beneficios asumidos por la CSS.

Artículo 70: La CSS, concederá a los trabajadores domésticos las prestaciones a las que tienen derecho los empleados incluidos dentro del Régimen Obligatorio en el Riesgo de Enfermedad y Maternidad y el Riesgo de Invalidez, Vejez y Muerte.

¿Los empleados domésticos cuentan con los beneficios de Riesgos Profesionales?

No, al momento de ocurrir un accidente, se les reconoce por el programa de enfermedad común.

¿Dónde me informan cuánto llevo ahorrado en el Subsistema Mixto?

En las oficinas del Departamento de Registro del Subsistema Mixto, ubicadas en Plaza Ágora.

Este es proceso bastante sencillo, sin embargo es importante que estés al pendiente pues dependiendo de la fluidez de este proceso, será la respuesta que obtendrás por parte del ente al momento de jubilarte.

Esperamos que el artículo te haya servido de mucha ayuda y que puedas completar tu traite de forma exitosa.

¡ SUERTE !


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