¿Cómo saber si me han Aprobado la Ayuda de Alquiler? Descubrelo Aquí

Interesado en conocer que si Aprobaste la Ayuda de Alquiler, quienes pueden solicitarla y cuales son los pasos para obtenerla. Sigue con nosotros para descubrirlo.

¿Cómo saber si me han Aprobado la Ayuda de Alquiler?

Para conocer esto, el primer paso es saber si puedes realizar la solicitud de esta ayuda. Para tener un mejor conocimiento al respecto te aconsejamos que te pongas en contacto con la alcaldía de tu jurisdicción.

Debes de tener presente que cada comunidad autónoma del país cuneta con sus leyes particulares, especialmente para las gestiones de ayuda a las personas. Por esta razón es esencial que halles la información más directa y precisa que te sea posible.

En Ministerio de Fomento, en su página web oficial cuenta con un área que incumbe al plan de Ayuda a la Vivienda, presenta como conocer si han aprobado la ayuda de arrendamiento.

Para poder recibir esta ayuda, tienes que estar en facultad para ser titular de un contrato de alquiler o para entregar un contrato de arrendamiento. En donde se debe de indicar que la propiedad se volverá o ya es un domicilio usual del demandante.

De esta forma puede establecer que la renta del inmueble sea menor a 600 euros, sin embargo el límite va a cambiar dependiendo de la comunidad. Esta asistencia habitualmente, puede llegar a envolver el 40% de la renta por año para el demandante.

Para conocer si han aprobada la ayuda de alquiler se te notificara de manera general principalmente, para que estés al tanto si te concierne seguir con la gestión.

En la página web de la vivienda encontrara una lista temporal, en donde se señalara a los demandantes que les incumba indemnizar. En él se contendrán las razones de su indemnización y los términos para realizar sus testimonios o formalizar la causa directamente.

El término en el cual debe de entregar la solicitud va a incumbir a lo señalado en cada anuncio. La entrega de los papeles para la ayuda de alquiler será concertada a lo expresado por la representación de tu municipalidad, conjuntamente de las instituciones colaboradoras selecciones para este proyecto.

Pasos para consultar expediente

Para realizar la consulta de expediente los a pasos a seguir son los siguientes:

  1. Inicia la gestión. A través de tu alcaldía, encuentra los requerimientos y las circunstancias individuales para que puedas acceder a este beneficio.
  2. Como requisito principal se tiene que debes de ser el titular de un contrato de alquiler de inmueble.
  3. Para continuar este inmueble debe de ser tú domicilio permanente y usual. Debes de comprobar esta situación con un documento de empadronamiento. Este documento debe de señalar la personas que habitan en esta residencia de manera usual, desde que tiempo y la fecha de solicitud.
  4. Igualmente tienes que comprobar que tu entrada de dinero no son precisos para cubrir los gastos del alquiler. Para esto tienes que unir dos condiciones:
    1. Tu ingreso mensual no puede ser mayor a 1.613,52 euros.
    2. No debes de exceder el límite mayor de ingresos del módulo de convivencia. Esto a cambiar obedeciendo a tu jurisdicción.
  5. De la misma manera, tu contrato de alquiler tiene que ser una renta igual o menor a 600 euros al mes. Sin embargo este es un límite que puede cambiar dependiendo de la jurisdicción en la que te encuentres.
  6. Luego de que reúnas todos estos requisitos, la municipalidad expresa un aviso de la aprobación de este beneficio. De esta manera puede acceder al beneficio de alquiler, que se acreditara todos los meses desde que se te conceda.
  7. Debes de tener presente que en el momento que tomes el primer ingreso, cuentas con dos semanas en donde debes de presentar el Anexo III. A través de él tienes que evidenciar que recibiste el aporte y lo usas para pagar la renta de los meses correspondientes.
  8. Debes presentar este documento mensualmente, en el caso de que no lo hagas se presumirá la renuncia del beneficiario a  la ayuda de alquiler.

Debemos hacer mención que este aporte se abonara a una cuenta inscrita en el padrón de la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública.

Esta cuenta debe de ser titulada por el beneficiario de la ayuda. Se hará una excepción en el siempre que el titular notifique su predilección para que el aporte sea depositado en la institución colaboradora que haya gestionado el expediente.

¿Qué es la Ayuda de Alquiler?

Esto no es más que una subvención que brinda las políticas del país quien desea proveer el acceso al hogar para ciudadanos con pocos recursos.

Esta es otorgada a través de la municipalidad de cada comunidad autónoma, quien determina las regulaciones que la administran. Asimismo todas las comisiones cuentan con la posibilidad de fundamentar la entrega de este beneficio conforme a las necesidades que tiene que ser solventadas.

Los grupos que pueden ser candidatas para este beneficio son las siguientes:

  • Un colectivo de personas que vivan juntas y todas se encuentren desempleadas.
  • Colectivo de personas que vivan juntas y todas sean mayores de 65 años.
  • Ciudadanos que sean padres solteros que cuenten con cargas familiares.
  • Grupos familiares que tengan por lo menos un integrante con alguna discapacidad.
  • Familias numerosas.
  • Grupos familiares que tengan por lo menos un integrante víctima de violencia de género.
  • Familias que tengan por lo menos un integrante víctima de un ataque terrorista.

Asimismo, se cuentan con ciertas prohibiciones que te prohíben recibir el beneficio:

  • Contar con una relación de consanguinidad de primero o segundo grado con el individuo con la que se realiza el contrato de alquiler.
  • Que el arrendador sea participe o socio del solicitante.
  • Ser propietario de otra residencia, en caso que no se encuentre habilitado por razones como divorcio o separación, por una transmisión mortis en donde el porcentaje no sea la mitad del inmueble o por discapacidad.
  • Tener otro contrato de alquiler de inmueble. Esta excepción se cuenta siempre que no se haya imputado el derecho de arriendo. Esta condición debe de detallarse con un título oficial.

¿Cuándo se paga la ayuda de alquiler?

Estas se cancelan en el plazo de tres años que perdura el proyecto de  vivienda cada periodo.

Debido a las diferentes prefecturas son responsables de establecer el reglamento referente a la ayuda de arrendamiento, son ella quien definen el monto a pagar. Igualmente pasa con los términos para la presentación de las solicitudes.

Cada municipalidad cuenta con el compromiso de avisar cuando se cancela la ayuda de arrendamiento públicamente. Por esto, debes de estar al tanto de sus portales web o de los procedimientos en las oficinas.

De acuerdo a tu caso, los pagos habituales pueden concernir los montos que señalamos a continuación:

  1. El 50% del arrendamiento mensual que debe de aportar por la residencia por favorecidos con edad mayor a 65 años.
  2. El 40% de arrendamiento mensual que se debe de aportar por la residencia en caso de no presentar algún caso especial.

Boletín Oficial Ayudas de Alquiler

Este boletín se fracción en dos normativas. La principal es la normativa de Arrendamientos Urbanos número 29 con fecha del 24 de noviembre del año 1994, luego diez años más tarde nace la normativa General de Subvenciones número 38, el día 17 de noviembre del 2003

Para conocer el Boletín Oficial Ayudas de Alquiler actual puedes presionar aquí.

Consejos y dudas

Para finalizar responderos ciertas dudas que surgen referente a este tema:

¿Cuáles son los papeles requeridos para optar a la ayuda de alquiler actual?

Estos papeles, varían por la comunidad en la que resides. Sin embargo, hay documentos comunes que son requeridos a la hora de realizar esta gestión:

  • Certificación si cuenta con una condición especial.
  • Acta de ingresos por año.
  • Una declaración responsable de estar en disposición de efectuar un contrato de alquiler, si tiene menos de 35 años.
  • Una declaración responsable de están en disposición de efectuar un contrato de alquiler, si no es el titular del contrato.
  • Número de identificación de Extranjero o DNI del inquilino, copia.
  • El contrato de alquiler, Copia.
  • La planilla o formulario de Solicitud.
  • El documento  de empadronamiento, la cual debe de ser colectivo e histórico.
  • Una declaración del gravamen sobre la renta de las personas Naturales del arrendatario y sus cohabitantes, copia. En caso de no poder realizarlo puede presentar el documento de imputaciones de la Agencia Tributaria.

¿Cuál es el fin de entregar esta ayuda?

Estas son políticas del Gobierno español que desea apoyar la manutención de una residencia para los ciudadanos con pocas posibilidades.

De esta manera se puede certificar la calidad de vida a los ciudadanos con problemas para permitirse una residencia en cada comunidad autónoma del país.

Esperamos que este contenido te haya sido de mucha ayuda,gracias por leernos.

¡Éxitos en su tramite!


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