Conoce cuales son los Requisitos para sacar facturero (Fractura Electrónica)

Para los ecuatorianos que tengamos dudas como obtener los Requisitos para sacar facturero, aquí serán resueltas.

Seguidamente, explicaremos toda la información relacionada con este tema de interés nacional, con el objetivo de buscar dilucidar todas las dudas al respecto.

¿Cuáles son los requisitos para sacar facturero?

Los contribuyentes deberán revisar los requisitos para la emisión del nuevo esquema de facturación electrónica.
Recuerde que la emisión de comprobantes electrónicos contribuye con el medio ambiente.

¿Qué requisitos debo tener para emitir un documento electrónico?

  • Firma electrónica.
  • Software que genere comprobantes electrónicos (puede ser propio o se puede utilizar la herramienta de comprobantes electrónicos de uso gratuito).
  • Conexión a Internet.
  • Clave de acceso a SRI en Línea.
  • Convenio de débito registrado.

¿Cómo sacar un facturero en Ecuador?

Tradicionalmente, antes de emitir una factura se debe acudir a una imprenta autorizada por el SRI y comprar un talonario de facturas de papel.

Estos talonarios tienen un número de autorización único que viene impreso en el papel junto con el número de cada documento.

Al emitir una factura, se debe llenar con los datos necesarios a manuscrito, realizar los cálculos correspondientes y firmar, luego, se le entrega el original al cliente y el proveedor se queda con una copia que se guarda mínimo 5 años en los archivos contables de la empresa.

¿Qué son los factureros?

Actualmente, la mayoría de nosotros hemos escuchado al menos una vez, el término Facturación Electrónica.

Esto se debe a que desde el año 2002, el gobierno de Ecuador por medio de la LEY DE COMERCIO ELECTRÓNICO, FIRMAS ELECTRÓNICAS Y MENSAJES DE DATOS, inició con las primeras normas legislativas que daban reconocimiento jurídico a los medios electrónicos en el país.

Pero realmente, ¿en qué consiste la Facturación Electrónica?

La página oficial del Sistema de Rentas Internas (SRI) lo define como un documento que cumple con los requisitos legales y reglamentarios exigibles para todos comprobantes de venta.

Garantizando la autenticidad de su origen y la integridad de su contenido.

Ricardo Loor, uno de los fundadores y jefe de tecnología, lo define como un conjunto de normas expedidas por el SRI, que permiten reemplazar las facturas de papel por facturas digitales a través del uso de medios electrónicos.

¿Para qué sirve?

Uno de los beneficios de la facturación electrónica, es que se puede realizar la operación de forma digital desde un software, donde se solicita la autorización al SRI y la transacción queda encriptada.

Asimismo, los documentos puedan ser consultados por ambos actores desde el portal web, evitando el tener que movilizarse al lugar físico donde se llevó a cabo la operación y así, aminorar tiempos y costos.

Adicionalmente, este tipo de comercio electrónico posee un alto nivel de seguridad, superando al tradicional.

De esta forma, dejamos atrás el papel y podemos consultar todos los documentos rápidamente en un Libro Digital Distribuido.

Además de realizar facturas autorizadas por el SRI, también se pueden generar retenciones, notas de crédito, notas de débito y guías de remisión.

El uso de la facturación electrónica trae consigo un sin número de beneficios que los contribuyentes pueden y deben aprovechar:

1. No más errores de cálculo al llenar datos:

Cuando escribimos a manuscrito por la prisa, puede suceder que nos equivoquemos con algún dato a la hora de valorar el Impuesta del Valor Agregado (IVA), si es del 12%, el 0% o incluso ambos.

Con este nuevo proceso, al ingresar el monto neto a cobrar, puedes escoger el IVA que le corresponde y automáticamente se calcula.

2. Rapidez de consulta y reportes:

Al quedar las facturas en una nube en el sistema, se pueden consultar en un Libro Digital Distribuido, teniendo la opción de emplear filtros, lo que hace que sea más sencillo y rápido las consultas.

3. Ahorro en gastos de papelería:

Es común que escribiendo cualquier dato del documento nos equivoquemos, por lo que tenemos que usar una factura nueva y anular la anterior.

Con las facturación electrónica, nos evitamos gastar recursos y tiempo buscando nuevos talonarios, ya que digitalizamos los documentos.

4. Archivo y procesos administrativos mucho más eficientes:

Con este nuevo modelo, se puede consultar reportes, facturas, retenciones y mucho más de forma rápida, por lo que ahorramos buscar en los libros contables físicos y se reducimos las posibilidades de traspapelar algún archivo.

5. Reducción del tiempo de envío de documentos a los clientes o proveedores:

Cuando se genera la factura electrónica desde el portal, se solicita la autorización al SRI, una vez aprobada, se envía el documento PDF y XML al correo del cliente.

De este modo, no vamos a tener que dirigirnos a la ubicación física del consumidor para entregarle el documento.

6. Se reducen las posibles falsificaciones:

Al contar directamente con una una firma digital y solicitar la Autorización al SRI, la autenticidad del documento tributario se puede validar directamente en el portal del SRI.

Algunas responsabilidades legales para emitir un facturero

Al momento de emitir un documento, se deben tomar en cuenta algunas sencillas responsabilidades legales con el receptor del documento:

  • Advertir al usuario que va a recibir una factura electrónica.
  • Enviar el comprobante autorizado por el SRI al usuario a su correo electrónico.

Se entrega la factura de forma impresa únicamente si el cliente o usuario así lo solicita. En este sentido, se le puede brindar el RIDE que es la representación impresa de la transacción y tiene validez tributaria.

Efecto del facturero en el cumplimiento tributario.

La captura de información de terceros mediante Factura Electrónica fortalece la gestión de las Administraciones Tributarias.

No obstante, el sistema de factura electrónica se convierte en una condición necesaria pero no suficiente para poder cerrar las brecha entre la presentación de la declaración y el control tributario.

Se  ha  encontrado  evidencia  que  los  mecanismos  digitales  de  control  son  igual  de  efectivos  que los métodos tradicionales en papel (Oliva y Ramírez, 2012a, 2012b).

A disminuido sustancialmente el margen de error en el registro y la velocidad con la que la AT conoce de una transacción.

Esto sin lugar a dudas establece las condiciones mínimas para hacer eficiente los controles masivos de cruces de información.

Sin embargo, la FE por sí sola no es la solución. Se requiere que la AT haya asimilado a este mecanismo dentro de sus procesos internos de control.

De tal forma que se ejecute un sistema integral de captura,  validación,  tabulación  e  integración  automática  con  otras  fuentes  de información, de tal suerte que mes a mes los cruces de información se ejecuten de forma automatizada.

En definitiva, la FE no es el fin en sí mismo. Todo lo contrario , debe ser tan sólo una fase más  en  el  proceso  de  automatización  e  integración  de  las  administraciones tributarias.

Tanto es así que muchas de las AT que cuentan con factura electrónica ya venían de procesos muy largos de automatización, como es el caso de Chile o Brasil.

Tampoco se puede decir que la FE solucionará todos los problemas del pasado; por el contrario, la facturación electrónica simplemente viene a apoyar y consolidar procesos de mucho más largo plazo.

En definitiva, explotar todas las potencialidades de la FE dependerá del nivel de madurez institucional previo a la implementación.

La FE por sí misma no es un método de intensificación del control. Lo que hace es potencializar el efecto de riesgo subjetivo que todos los sistemas de información por terceros producen en los contribuyentes.

De esta manera, el riesgo que genera la FE puede ser dividido en dos tipos:

1. Efecto clásico  de  información  por terceros.

Un contribuyente, al saber que otro está informando al SRI de sus ventas, tiene la expectativa que el valor de sus ventas es conocido por la AT y por ende debe presentar su declaración lo más cercano a la realidad.

Este fenómeno ha sido demostrado por varios  estudios  donde,  aquellos  contribuyentes  que  no  son  reportados  por terceros, tienden a evadir más que aquellos que sí están reportados.

2. Efecto eficiencia de la FE.

Primero, s i bien la FE no aporta más información que la ya presentada en los anexos transaccionales, los contribuyentes perciben que ahora el SRI tiene en tiempo real la información de todas sus ventas.

Por lo cual ya no pueden sub reportar el anexo y por ende tampoco podrán sub reportar sus  ventas  en  la  declaración.

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