Si eres una Persona Natural o Jurídica y tienes el deber de realizar la declaración de tus impuestos al retener IVA, pero no sabes a que régimen perteneces entonces debes continuar leyendo este artículo.
Ya que a través conocerás que es un Régimen Común y cuáles son sus características principales y así podrás cumplir con tus deberes tributarios.
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¿Qué es el Régimen Común?
El régimen Común, es el Registro para el pago de los Impuestos al Valor Agregado (IVA), en el deben inscribirse todas las personas Naturales y Jurídicas que realizan actividades comerciales de compra venta de Productos y Servicios.
El Registro en el Régimen Común, según la Ley 1943 de 2019 es de carácter obligatorio, y en la actualidad se le conoce solo como Responsables del IVA. Dicho Registro es Supervisado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), quien es la máxima Autoridad Tributaria del País.
¿Quiénes pueden participar en el régimen común?
Entre las personas que se encuentran y deben pertenecer al Régimen Común o Responsables del IVA podemos encontrar:
- Todas las Personas Naturales que ofrezcan bienes y servicios agravados con el Impuesto al Valor Agregado (IVA), siempre y cuando se superen los montos para su clasificación IVA
- Todas las Personas Jurídicas (empresas e instituciones), que transfieran bienes y productos agravados con el Impuesto al Valor Agredo (IVA) a cambio de dinero
- Los Usuarios Aduaneros que realizan transacciones comerciales relacionadas con el pago de los impuestos al Valor Agregado (IVA)
Requisitos para permanecer al Régimen Común
Los requisitos que debe presentar toda persona natural o jurídica para pertenecer al régimen común o responsables del IVA son las siguientes:
- Deben tener un ingreso en sus ventas mayor de 119.945.000 $ Pesos al año, o una retención superior a 3500 unidades del valor tributario (UVT)
- Tener registro de contabilidad.
- Poseer registro único tributario (RUT)
- Expedir Factura.
- Inscribirse en el sistema para declaración del impuesto al valor agregado (IVA)
- Poder realizar la retención del impuesto al Valor Agregado (IVA)
Obligaciones del Régimen común
Entre las obligaciones que deben cumplir las personas naturales y jurídicas que pertenecen al régimen común están:
- Mantener un Registro de la Contabilidad de todas sus actividades comerciales y mercantiles.
- Estar inscrito en el registro mercantil, incluyendo sus libros contables.
- Deben inscribirse en el registro único tributario (RUT), o debe realizar la actualización del mismo si antes pertenecían al Régimen Simple.
- Realizar la entrega de Facturación una vez realizada la transacción comercial.
- Debe realizar de forma bimensual o cuatrimestral la declaración del Impuesto del Valor Agregado (IVA).
- Declarar los Impuesto sobre la renta.
- Realizar toda Retención del Impuesto IVA.
- Por ultimo están en la obligación de notificar en caso de un alto en las actividades mercantiles.
Diferencia entre el régimen común y el régimen simplificado
Existen una serie de diferencias entre pertenecer a un régimen común o a un régimen simplificado, aunque para pasar de un régimen simple a uno común es margen es muy corto.
Una de las diferencias más marcas es que las del régimen Común pertenecen todas las personas naturales y jurídicas que realicen declaraciones del IVA, mientras que al régimen simple pertenecen las personas naturales que cumplen ciertos requisitos.
Las personas naturales del régimen simple no pueden generar al año más de 3500 UTV.
Los pertenecientes al simple no tienen que cumplir deberes formales, como los del régimen común es decir declarar IVA, retener IVA, registrar la contabilidad y recaudar el IVA.
Todas las personas jurídicas van constituir al régimen común.
Para facturar las personas del régimen común deben inscribirse en el DIAN, las del régimen simple no.
Si eres una persona natural o jurídica verifica tu actividad fiscal en la retención del IVA, para que así puedas determinare tu obligación y puedas realizar la declaración de tus impuestos de manera oportuna. De forma que no incurras en faltas que te ocasionen multas o sanciones.
Debes recordar que toda persona jurídica está en la obligación de realizar la declaración de sus impuestos IVA ante el DIAN y los impuestos a la renta.
Gracias y Suerte.