Interesado en conocer que el Formulario 798 de Compensación AFIP, quienes pueden solicitarlo y cuales son los pasos para obtenerlo. Sigue con nosotros para descubrirlo.
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¿Qué es el Formulario 798?
Con lo que corresponde a la vigencia del RG 2406 todos los responsables o contribuyente que se encuentren incluidos en la cuenta corriente tributaria.
Todos ellos podrán seguir efectuando las compensaciones, esto siempre que se realice la presentación de la declaración jurada número 798
Esta es la solicitud de la compensación o la imputación de un crédito, sin importar que se encuentre habilitada en su respectiva transacción.
Por medio del articulo de vigencia se permite la confección de las solicitudes de compensación.
Estas pudiesen afectar a un saldo de su libre disponibilidad con lo que corresponde a los periodos posteriores con el mismo impuesto.
Reiteramos completamente que esto está determinado en su disposición universal, referida en el párrafo anterior.
Para que sirve el Formulario 798
El formulario 798 es el que se encarga de la compensación por sus saldos y los impuestos.De la misma manera añade nuevos controles para el intercambie entre las compensaciones del sistema de cuentas tributarias.
El alcance de este tiene mucho que ver son los saldos a favor que podrían resultar a partir de:
- Las determinaciones provenientes de un oficio
- Las declaraciones juradas que fuesen las originales o las rectificativas
- Estas deben encontrarse destinadas a salvar los errores del cálculo o las materiales.
- Siempre que generen o estén incrementando los saldos de su libre disponibilidad.
- Las sentencias administrativas o judiciales que se pueden imponer en las demandas.
Como presentar el Formulario 798
Con respecto a los Saldos provenientes de cualquier declaración jurada determinativa:
Todos los contribuyentes o los responsables tienen que encargarse de poder acceder por medio del servicio que posee el Sistema de Cuentas Tributarias
Con la opción de las compensaciones.
En el instante en que debe efectuarse a través de la solicitud la llamada administración federal podrá realizar controles sistemáticos en línea.Si la compensación resulta no procedente se le informara sobre las inconsistencias u observaciones que se detectaron.
La solicitud de la compensación tiene que ser realizada frente a la dependencia de inscripción, en el caso que sé que se halle inconsistente con anterioridad. Esto será mediante la presentación de lo conocido como una multinota.
Esta debe ir acompañando a la impresión de su mensaje con las observaciones y también las inconsistencias que este indicando el sistema.
Las cuentas tributarias y también toda la documentación que pueda estar respaldando la procedencia del saldo que se vea libre.Esto puede ser los certificados de la percepción y la retención, los contratos o las facturas, comprobantes de este tipo de ingreso.
Inclusive los pagos de las cuentas y otros tipos de los documentos aquí nombrados.
Si concierne con la vinculación, será encausada la indemnización que se requiera en la ordenanza de sus balances contribuyentes.Una vez que ya se haya procesado que la compensación que ha sido referida con todo lo anterior, todas las posibles solicitudes de la compensación
Tienen que tener su origen el saldo a favor mismo ya que únicamente de esta manera serán efectuadas de la manera adecuada.Sin importar si son efectuadas por los responsables o los contribuyentes del sistema de las cuentas tributarias.
Esto será siempre que sean realizados en el año que corresponde con el del calendario, siempre que no se haya modificado la situación que se realizara de manera oportuna.
Del abono derivado de las manifestaciones certificadas explicativas y de las probables disposiciones representativas o legales.
Siempre que fuesen dictadas en los recursos o las demandas de la repetición pasadas en autoridad de cosa que fuese juzgada:
Los responsables o contribuyentes que se encuentren efectuando esta vez la solicitud de la respectiva compensación.
Siempre que sea por la transferencia electrónica de los datos por medio del link de su página web.
Esto es a través de la exposición del formulario que le proporciona la declaración jurada registrada bajo el número 798 con su correspondiente original.
Realizado para usarse en el programa de compensaciones y los volantes de su pago.
En su versión que se encuentre vigente en el momento que tenga que realizar en el momento que corresponde al de la presentación.
Si en dado caso se debe presentar el formulario que corresponde a su declaración jurada en este caso el formulario 574 por medio del original.
Si son los casos en los cuales deba acudir de manera presencial a la dependencia de su organismo.
Tiene que solicitar la cita por medio de Internet en la página oficial del AFIP.
Solicitud de Compensación en AFIP
En cualquiera de los dos casos en los cuales le hablamos en la sección anterior, tiene que realizar el llenado de los formularios.Estos serán tantos como la cantidad de las dudas que usted pretenda compensar.
no será admitida la presentación si la realiza en otra modalidad.
Si usted tiene que acudir a la dependencia tiene que recordar que siempre debe solicitar previamente un turno a través de internet para la gestión.
Luego de dos días de la publicación del boletín Oficial las disposiciones entran en vigencia.
Ya con esto conoce todo lo necesario acerca del formulario 798 el cual es el encargado de la compensación del AFIP.
Si necesita realizar el procedimiento de la compensación debido a ciertas deudas ya sabe cómo realizarlo sin ninguna equivocación.
Preguntas frecuentes
- ¿Cuáles son las ocasiones en las que corresponde la solicitud de compensación?
Los ciudadanos o administradores referidos en el Enunciado 5 ° de la Ley 11.683 (responsables por deuda propia), podrán solicitar la compensación de sus obligaciones fiscales (determinadas y exigibles), con saldos a su favor aun cuando éstos correspondan a distintos impuestos.
- ¿De dónde surgen los pagos a beneficio dispuesto de compensación?
El citado abono únicamente se conseguirán de:
- Especificación de empleo.
- Proclamaciones certificada original o modificativas determinadas a solucionar equivocaciones de cálculo o correctivas, que originen o aumenten los pagos de libre excedencia.
- Disposiciones burocráticas o legales, promulgadas en procedimientos o denuncias de reiteraciones ocurridas en prerrogativas de objeto establecida.
- ¿En cuáles ocasiones no se pueden indemnizar los pagos?
- En caso que tengan un sistema particular en asunto de retribuciones.
- Los consecuentes de manifestaciones garantizadas periódicamente que se atribuyan en manera y conformidad dispuestas en el titulo 27, primer párrafo, de la Ley 11.683.
- ¿Qué tengo que hacer para la solicitud de compensación?
- Liquidación procedente de comunicaciones garantizadas establecidas
- Pagos derivados de proclamaciones certificadas explicativas y de las disposiciones representativas o legales, promulgadas en procesamientos o denuncias de reiteración ocurridas en facultad de objeto dictaminada.
- ¿En qué momento se produce pagos a beneficio en las manifestaciones certificadas explicativas?
A continuación te mostramos los casos en donde puedes generar saldos a favor:
- Procedimiento de retribución a los compradores finales.
- Sistema de remuneración a los compradores finales por utilización de tarjetas de crédito.
- Financiamiento dispuesto de traspaso a intermediarios procedentes de transacciones u otras acciones con similar procedimiento fiscal en el impuesto al valor agregado.
- Comunicación de traspaso del financiamiento a intermediarios.
- Traspaso de la cuantía del impuesto registrado en las negociaciones de exportación.
- Traspaso de liquidación a beneficio de negociación de fondos de patrimonios.
- Financiamiento fiscal producido por negociaciones de ganadería bovina y/o productos elaborados con carne del mismo origen.
- Proyectos fomentados acorde al enunciado 5° del Decreto 804/96.
Para descargar el Formulario 798 presione aquí
Esperamos que este contenido te haya sido de mucha ayuda,gracias por leernos.
¡Éxitos en su tramite!