Descubre como completar el Fomulario 381
Adquiriste una Maquinaria agraria, tractor o grúa mediante una compra, herencia o transferencia y todavía no la has registrado? Bueno este es el momento para hablarte sobre como debes completar el Formulario 381.
En esta oportunidad te voy a explicar un poco sobre el formulario 381, el cual es obligatorio, no te preocupes no están difícil llenarlo si sigues los pasos que te voy a dar aquí.

También te voy a ofrecer un modelo del formulario y un enlace para que puedas descárgalo, te servirá para que veas los datos con lo que lo vas a rellenar, espero ser de utilidad para que te pongas al día. Ahora comencemos a conocer sobre este Registro
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¿Qué es el Formulario 381?
Es un documento que es utilizado para registrar adecuadamente Aeronaves, Embarcaciones o Maquinarias, este requerimiento se solicita para que este tipo de vehículos puedan circular dentro del territorio Nacional y también fuera del país.
El tipo de Maquinaria como agrícola, tractores, grúas y otros semejantes así como también para una embarcación que supera los $ 25.000 pesos o si es una Aeronave no importando el valor debes informar al Fisco sobre este bien.
Porque te especifico el tipo de Vehículos y los montos mínimos que pueden costar? Esto es para que tengas una idea de lo que vas a tener que proporcionar como información por medio del formulario 381.
¿Para que sirve el Formulario 381?
Su finalidad es para poder implantar las maneras y condiciones que tienen que ser verificadas por las personas naturales jurídicas y sucesiones sin fraccionamientos. Ahora para tramitar el registro tienes que cumplir con estos pasos:
- Primero tienes la obligación de suministrar la información concerniente a la adquisición de los bienes que se logren registrar, esto se hace con el Formulario 381.
- El cual se debe entregar en las dependencias del AFIP-GD, donde como contribuyente ya debes estar inscrito, si eres una persona natural No inscrita entonces tienes que acudir a la dependencia que corresponde a tu domicilio.
- Segundo el Formulario 381, (modelo nuevo), tiene un lapso de diez (10) días para presentarlo luego de la inscripción formalizada en el registro.
- Tercero, en Formulario 381, el segundo ejemplar se tiene que entregar en la jefatura o tener la sustitución de una unidad utilizable.
- Dirección contribuyentes Nacionales: en la sección de Control de la Deuda o de Obligaciones Fiscales.
- En las Sucursales del interior del País, en la sección de recaudación.
- Oficinas Metropolitanas: sección al contribuyente. Jurisdicciones en Delegaciones de recaudación y verificación.
- Dependencias sede: en la división de Atención al Contribuyente.
- Y en las oficinas sede: Sección Servicios al Contribuyente.
- Cuarto para el certificado que proceda el ejemplar secundario del formulario 381, que este adecuadamente intervenido.
- Debe ser presentado en el organismo que se halla a su cargo.
- Para el conveniente registro de las propiedades con el bien que atañe.
- Se debe anexar una copia del Registro, para poder proceder con la transferencia de su propiedad.
- Derechos reales con sus anulaciones.
- Modificaciones totales o parciales sobre los bienes.
¿Quién debe hacer el Formulario 381?
Cualquier persona que comprara una maquinaria, aeronave o embarcación como se ha dicho anteriormente con sus excepciones que sean Nacional, provincial o un municipio o a sus efectos cualquier cometido diplomático que esté permanentemente acreditada.
Agentes Consulares, diplomáticos o cualquier funcionario perteneciente a algún país extranjero, Instituciones religiosas que se encuentren incluidas en el inciso del Artículo 20 de la ley del impuesto con sus lucros
Como se completa el Formulario 381
Consiste en cinco (05) paso y estos son:
- Tipo de Maquinaria como por ejemplo Autopropulsadas, agrícola, cosechadoras grúas entre otras semejantes.
- Si compraste una Aeronave o Embarcación.
- Si fue comprada en el país o es importada.
- Saber el costo de la compra o si fue un traspaso.
- Qué tipo de uso.
- Por último No se te pueden olvidar los duplicados.
Ejemplar del Formulario 381
Aquí te estoy dejando un enlace para que tengas un ejemplar del Formulario 381 http://www.aproa.org.ar/downloads/F%20381%20-%20AFIP.pdf
Vigencia del Formulario 381 del régimen.
Ellas están en disposiciones en la Resolución desde el año 2010, no obstante se constituye una cadencia transitoria para su entrada en vigencia, para las solicitudes de inscripción de registros de vehículos Automotores o Moto-vehículos.
Según el importe de la Transferencia o la valía utilizada por la DNRNPACP, para el cálculo de aranceles, vigente a la fecha del proceso del CETA, quedara sin resulta desde la fecha de diligencia indicada.
Traspaso (transferencia), cancelación o reforma, totales o parciales de derechos reales sobre automotores, instituidas en las resoluciones (DGI) 3580, 3646 y 4332, y en la Circular (DGI) 1294/1993, “certificados de bienes registrables” concedidos acorde con las mismas
Preguntas frecuentes
Cuando debo cumplir con el Régimen de Información del Formulario 381?
Debes cumplir con el régimen de Información para el momento que se realice una modificación, cancelación o transferencia la cuales pueden ser totales o parciales, de los derechos reales sobre las diferentes Aeronaves, Embarcaciones y Maquinarias Agrícolas, cuando su costo total de compra supere los $100.000.
Quiero saber quiénes son los sujetos alcanzados?
- Individuos de existencia física, capaces o incompetentes.
- Personas jurídicas del Código Civil y entidades a las que el derecho privado Registra la calidad de sujetos de derecho.
- Entidades, empresas, sociedades, asociaciones entre otras, que No posean las atributos previstos en el inciso anterior, y las propiedades destinadas a un fin establecido, cuando unas y otros sean considerados por las leyes tributarias como unidades mercantiles para la facultad del hecho imponible.
- Sucesiones unitarias.
- Consorte que percibe y dispone de todas las consideraciones propias y del otro.
- Padres, Representantes, Curadores legales de los incompetentes.
- Procuradores y acreedores de las quiebras, delegados de las sociedades en liquidación, Administradores judiciales de las sucesiones y de no ser ninguno de los anteriores, sería el desposado sobreviviente y los herederos.
- Administradores de herederos, empresas o bienes que en ejercicio de sus funciones puedan establecer completamente la materia imponible que imponen las respectivas leyes tributarias con concordancia a los titulares de aquéllos y sufragar el gravamen correspondiente y, en las mismas circunstancias.
- Gobernantes con potestad de percibir peculio. Delegados legales de personas residentes en el exterior.

De qué manera se realiza la Gestión?
Dentro de los diez días siguientes al momento de inscribirte en el Registro, debes presentar el Formulario 381 el actual, ante el Organismo que tenga a su obligación el control fiscal o de tratarse de individuos No inscriptos, en la que incumba a su domicilio.
Para el segundo ejemplar del formulario 381, interpuesto por la dependencia de este Organismo, formará el “Certificado de Bienes Registrables” el mismo debe ser suministrado en el lapso de los dos días hábiles siguientes al de la fecha de la entrega del del formulario.
¿Cuál es el costo, considerable para tomar en cuenta al presentar el Formulario 381?
Debería ser el monto total de de la transacción de la compra, se debe considerar los gastos, impuestos, tasas, derechos y comisiones provenientes de la adquisición.
¿Cuál es el procedimiento en caso de Condominios?
Sería la entrega del Formulario 381 actualizado, este únicamente provendrá cuando la compensación correspondiente a cada condominio, en los montos de la propiedad que supere los $100.000.
Voy a concluir, con la satisfacción de haber despejado ciertas dudas referentes al formulario, dejando en claro la necesidad de que al adquirir una vehículo automotor con las especificaciones antes descritas tienes la obligación de Registrarlo formalmente.

¡Gracias!
“A ningún hombre debe obligársele a hacer el trabajo que puede hacer una máquina”